1) El Consejo Académico llamó a elecciones para el claustro docente.
2) La Junta Electoral se reguló de acuerdo con el Estatuto de la Universidad.
3) El Estatuto de la Universidad señala que si la planta docente de una Facultad estuviera conformada por un porcentaje mayor al 30 % de interinos, éstos no podrían votar.
4) Dicha norma se propone dejar sentado que la designación de interinos sea una vía excepcional. Asimismo, busca impedir las designaciones arbitrarias con el objeto de dar vuelta un padrón de un año a otro mediante manejos arbitrarios.
5) Lamentablemente, la Facultad de Humanidades se encuentra actualmente en esa situación, debido a que, en poco más de dos años, se designaron 90 docentes interinos. Con esto, supera ampliamente el 30 % que fija el Estatuto de la Universidad.
6) Consecuente con lo normado, la mayoría de los representantes de la Junta Electoral se atuvieron al Estatuto y tuvieron que conformar el padrón únicamente con los docentes regulares.
7) La minoría de la Junta Electoral se negó a firmar tal resolución.
8) El director de la Carrera de Sociología presentó una apelación al Consejo Superior.
9) El Consejo Superior, en su reunión en Comisiones, elaboró una propuesta para impedir el acto eleccionario, desconociendo el Estatuto de la Universidad y estableciendo una intervención de facto de la Facultad de Humanidades.
Ante este hecho, nos vemos obligados a pronunciarnos del siguiente modo:
1) El Estatuto se ha transformado en un mero instrumento subordinado a los grupos fácticos de poder. Las organizaciones políticas de todo tipo lo usan cuando les conviene y cuando no les conviene apelan al barroquismo interpretativo con tal de hacer justo lo contrario de lo que se ha establecido, con el único propósito de ganar en la pugna electoral.
2) De aprobarse en el plenario el despacho, la Universidad entraría en una crisis institucional sin precedentes. El resultado inmediato sería que cualquier decano quedaría habilitado para designar unos cuantos interinos, inclinar el padrón y perpetuarse en el poder hasta que se le antoje.
3) El derecho al voto de los afectados es un tema delicado. Sin embargo: a) tiene que ser resuelto en la próxima reforma del Estatuto y b) afecta a una porción mínima de los que apelaron, en la medida en que muchos de ellos son docentes en otras facultades y otros son graduados (en el caso de los primeros, la apelación debería leerse así: se solicita la posibilidad de poder votar en varios lugares a la vez).
4) Uno de los argumentos para violar el Estatuto es que no se llamó los concursos de los cargos de los docentes interinos de Sociología. Creemos necesario recordar que el Contrato Programa que norma dicha carrera, firmado por el ex rector, la ex decana y el ex ministro de educación, ordena que los concursos se rijan por la Ley Menemista de Educación Superior. ¿Quiere decir esto se está reclamando que la Facultad de Humanidades, al menos en este caso puntual, se atenga al menemismo? Sea como fuere, como graduados nos negamos absolutamente a cumplir tal ley, no sólo por una cuestión de principios, sino porque establece que los tribunales de los concursos de Sociología deben suprimir de un plumazo a los jurados graduados y alumnos.
5) La cuestión merece un segundo comentario. El Contrato Programa es una aberración legal, cuyo resultado es que los concursos de Sociología no pueden ser llamados: no existe sustento legal para hacerlo, porque o bien son llamados por la normativa de la Universidad, y se rompe el Contrato Programa, o bien son llamados por la Ley Menemista, y se rompen tanto los principios como las decisiones políticas y legales de la Universidad.
6) En cuanto a las cuestiones electorales, creemos que debe abrirse de manera urgente el debate sobre el tema en la próxima reforma del Estatuto de la Universidad. Por otra parte, no vemos por qué la cuestión debería centrarse exclusivamente en los docentes interinos. Existen además otros actores que no votan pero que deberían entrar dentro de la discusión: a) los becarios internos de la UNMdP, quienes también tiene un cargo interino; b) los becarios externos, quienes tienen funciones docentes, trabajan a la par de los docentes, y no tienen ningún derecho; c) los bedeles de las facultades, quienes tiene cargos docentes.
Por todo esto, queremos hacer llegar nuestra preocupación y confiamos en que el Consejo Superior, los Decanos, los representantes de docentes, alumnos y graduados, así como también el Rector no van a empujar a la Facultad de Humanidades y al conjunto de la Universidad a semejante crisis institucional.
Atentamente, Juntos por Humanidades.
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